Jueves, 28 de marzo de 2024

  • Desde el año pasado

Juez de control violando Constitución mantiene el prisión preventiva a Rosario Robles

  • Pese a que él mismo reconoció que varias de las pruebas que la FGR expuso
Miércoles, 20 Octubre 2021
  • Por:  Rebeca Solano
Rosario Robles Rosario Robles Internet

Un juez de control violando la Constitución decidió mantener desde el año pasado a Rosario Robles en prisión preventiva, pese a que él mismo reconoció que varias de las pruebas que la Fiscalía General de la República (FGR) expuso para solicitar su encarcelamiento estaban desvirtuadas.

De manera unánime concluyeron los tres magistrados del Noveno Tribunal Colegiado del Primer Circuito en la sentencia con la que resolvieron amparar de forma definitiva a Robles en contra de la decisión de dicho juez de mantener encarcelada a la exfuncionaria.

La resolución de 123 páginas, a la que Animal Político tuvo acceso, fue notificada oficialmente a las partes el pasado viernes. En la misma se ordena la realización de una nueva audiencia, que ya fue programada para este 20 de octubre, en la que se determinará si es procedente la liberación de Robles para cumplir con una medida cautelar distinta.

Los magistrados Ricardo Paredes Calderón, Emma Meza Fonseca y Juan Carlos Ramírez Benítez establecen es que la decisión de extender la prisión preventiva dictada a Robles como parte de su proceso relacionado con el caso de La Estafa Maestra, viola abiertamente el artículo 16 de la Constitución.

Dicho artículo señala que nadie puede ser molestado por alguna autoridad a menos que exista una “causa fundada y motivada”. Una situación que no ocurre en el caso de la exfuncionaria federal, desde abril de 2020, cuando el juez se negó a revisar si era factible modificar la prisión preventiva que se le había impuesto en agosto de 2019.

“El acto reclamado (la resolución del juez de no modificar la prisión preventiva de Robles) transgrede el artículo 16 de la Constitución que establece que todo acto de molestia debe estar debidamente fundado y motivado” indica el tribunal.

Los magistrados señalan que de forma “ilegal” y “contradictora” el juez responsable del proceso reconoció que Robles había logrado desvirtuar argumentos con los que la FGR la mantenía presa, como que supuestamente mintió sobre sus domicilios o que ganaba más dinero del reportado, pero al mismo tiempo sostuvo que no había cambios que ameritaran revisar la prisión que se le dictó.

Es una omisión grave, establecieron los magistrados, pues pese a que sí habían cambiado las condiciones que originalmente justificaron el encarcelar a la exfuncionaria este optó por extender una prisión preventiva que debería ser solo un mecanismo excepcional y estar siempre justificado.

“Una de las características de la prisión preventiva es que debe de aplicarse con carácter excepcional, esto es, debe justificarse fehacientemente porque ninguna de las restantes medidas cautelares resulta suficiente para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, en el desarrollo de la investigación. El juez de control debe justificar la razón por la cual llevó a determinar la continuación de la medida cautelar impuesta (…) cosa que no se presentó aquí” subraya el tribunal.

 

 

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