Viernes, 19 de abril de 2024

  • Con 31 votos a favor

Congreso Local avala diversas disposiciones en materia electoral

  • Entre ellas que el Órgano Público Local Electoral (OPLE), realice el conteo preliminar
Miércoles, 30 Septiembre 2020
  • Por:  Redacción Xalapa
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Con 31 votos a favor, 14 en contra y 0 abstenciones, el Congreso Local avaló este jueves diversas disposiciones en materia electoral.

Entre ellas que el Órgano Público Local  Electoral (OPLE), realice el conteo preliminar, además la reutilización de urnas, como parte de las medidas de austeridad.

En sesión extraordinaria, pese al rechazo del PAN y del PRI, en la votación la fracción legislativa de MORENA logró 31 votos a favor.

Con ello quedo reformado el artículo 100  del Código, que busca hacer posible la reutilización de urnas para la elección de ayuntamientos y diputaciones locales.

Se estima un ahorro de 26 millones de pesos y adquirir solo el 35 por ciento de las urnas necesarias para la elección.

Se establece además que  el ente comicial deberá recuperar, concentrar y reutilizar el material electoral empleado en los procesos eleccionarios, y en caso de que lo comercialice, los recursos que obtenga deberán entregarse a la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan).

Otros de los cambios es que el OPLEV deberá organizar debates virtuales así como presenciales e incrementar la vigilancia del voto público.

En cuanto a la elección de candidatos, que los partidos políticos deben cumplir con el principio de paridad de género, aunque postulen a candidatos a la reelección en el cargo.

Esto significa que los que deseen reelegirse únicamente podrán ser registrados para el mismo municipio en que fueron electos previamente, debiendo contar los interesados con la presentación de sus cuentas públicas del primer año de gestión dentro del plazo establecido en la ley.

Con la reforma al artículo 170, ahora se evitará que a algún género le sean asignados distritos o municipios en donde los partidos políticos hayan obtenido porcentajes de votación más bajos y altos en el proceso electoral anterior.

Los proceso internos de selección de candidatos de los partidos políticos, según la nueva redacción del artículo 59 del Código, comenzarán a partir del tercer domingo del mes de enero del año de la elección correspondiente y concluirán en el segundo domingo del mes de marzo. 

El inicio de las precampañas comenzarán en el cuarto domingo de enero y concluirán en el cuarto domingo del mes de febrero del año de la elección, mismas que pueden concluir antes del lapso si así lo deciden los partidos.

Al respecto, se da un plazo de tres días para informar al OPLEV la convocatoria para elegir a sus candidatos.

 

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