Sábado, 18 de May de 2024

  • Consideran riesgoso el ambiente social

Velan en Morelia al alcalde de Nahuatzen David Eduardo Otlica Avilés

  • La funeraria está resguardada por una veintena de policías estatales
Miércoles, 24 Abril 2019
  • Por:  Rebeca Solano

 

Este miércoles, familiares del alcalde de Nahuatzen, David Eduardo Otlica Avilés lo velaron en Morelia, Michoacán, ya que, consideran riesgoso el ambiente social en Nahuatzen.

Los restos mortales de David Eduardo Otlica Avilés están siendo velados en una sala de la capital michoacana, acompañados solo por los seres queridos y amigos más cercanos.

No han acudido líderes políticos ni funcionarios; sólo el secretario de Gobierno de Michoacán, Carlos Herrera Tello, hizo guardia de honor durante las primeras horas de este miércoles.

La funeraria está resguardada por una veintena de policías estatales.

La Fiscalía General del Estado de Michoacán informó respecto a la práctica de diligencias ministeriales tanto en Nahuatzen, donde plagiaron al alcalde, como en Coeneo, donde encontraron su cadáver.

Los investigadores han interrogado a 10 personas, entre ellas a Christian, su pareja sentimental, quien durante más de 24 horas compareció ante el Ministerio Público.

Los deudos del edil, entre ellos su padre, David Otlica Rossete, quien también fue alcalde de Nahuatzen en 1995, planean llevar los restos mortales a Nahuatzen la mañana del jueves; después de un homenaje y una misa contemplan sepultar al joven político alrededor de las 15:00 horas.

Congreso del Estado de Michoacán, designará al presidente municipal en Nahuatzen

Congreso del Estado de Michoacán, designará al presidente municipal en Nahuatzen, de acuerdo con el marco normativo, así lo dio a conocer la diputada perredista por el distrito de Pátzcuaro, Araceli Saucedo. 

“La determinación que tome el Poder Legislativo en este sentido será construida con toda responsabilidad y la convicción de generar condiciones de estabilidad en Nahuatzen, conforme al mandato y procedimiento que establece la Ley”.

Indicó que el artículo 50 de la Ley Orgánica Municipal, establece que el secretario del ayuntamiento debe notificar al Congreso del Estado la ausencia definitiva del munícipe –previo acuerdo del Cabildo, y del acta de defunción de edil-.

El mismo artículo señala en su fracción tercera que, si la ausencia de un alcalde es por más de 60 días, el Ayuntamiento notificará al Congreso, el cual valorará la fundamentación y motivación de la causa, en cuyo caso nombrará un presidente municipal provisional, en caso contrario decretará la ausencia definitiva.

En este último caso, para designar a quien deba sustituirlo, respetando su origen partidista, “El presidente municipal interino que sea designado tras atender el proceso legal respectivo, deberá ser definido con un amplio consenso, respetando el origen partidista por el que el alcalde ausente arribó a la presidencia municipal, y con el respaldo pleno del Estado y su institucionalidad para poder desarrollar su encomienda cabalmente”.

 

 

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