Martes, 14 de May de 2024

  • Por los delitos de lavado de dinero y asociación delictuosa

Confirma Tribunal Federal sentencia de nueve años de prisión de JDO

  • Tras considerar que el proceso penal en el que aceptó declarase culpable fue totalmente legal
Lunes, 18 Mayo 2020
  • Por:  Rebeca Solano
Ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa Ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa Internet

 

Tribunal Federal confirmó la sentencia de nueve años de prisión impuesta desde 2018 al ex gobernador de Veracruz, Javier Duarte de Ochoa, por los delitos de lavado de dinero y asociación delictuosa, tras considerar que el proceso penal en el que aceptó declarase culpable fue totalmente legal.

De acuerdo a la resolución publicada en Animal Político, la magistrada Isabel Porras Odriozola – titular del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal de Ciudad de México – concluyó que las pruebas ofrecidas por la entonces PGR fueron idóneas para sostener que Duarte participó en un entramado criminal que a través de empresas fantasma y prestanombres consiguió desviar recursos del erario.

Revocó el decomiso de más de 40 propiedades supuestamente ligadas a Javier Duarte de Ochoa que se había ordenado como parte de la condena, pues señaló que se trata de bienes de otros procesados que aun no son condenados, y por lo tanto debe esperarse hasta el cierre total de caso.

El Tribunal federal es resultado de una apelación que Duarte promovió en contra de la sentencia condenatoria que se le dictó desde el 26 de septiembre de 2018. El procedimiento se alargó más de un año debido a que el exgobernador tuvo que recurrir a un amparo para que se le permitiera solicitar la revisión del procedimiento.

Javier Duarte de Ochoa fue sentenciado en una audiencia preliminar, en la que el exgobernador priista se declaró culpable y renunció a su derecho de ir a un juicio, en lo que se conoce como “procedimiento abreviado”. A cambio, consiguió que se le dictara la pena mínima y que, gracias a un acuerdo previo con la PGR, se le retirara el delito más grave que era el de delincuencia organizada.

La magistrada subrayó que fue el propio Duarte el que aceptó renunciar a su derecho de defenderse en un juicio y de combatir las pruebas del Ministerio Público, quitándose él mismo la posibilidad de haber entrado al fondo de su asunto.

“La sentencia se funda en los hechos y las pruebas aceptadas por el acusado (…) Es inadmisible que en la apelación se analicen aspectos que ya fueron previamente convenidos y expresamente aceptados ante el juez de control, en cuanto al delito y la responsabilidad. Lo único exigible ante el juez y luego ante el tribunal, es que los datos de prueba sean suficientes e idóneos”.

La magistrada Porras Odriozola analizó dos aspectos centrales: que el proceso abreviado se hubiera desarrollado conforme marca la ley, lo que incluye que Duarte conociera las consecuencias; y que las pruebas referidas por la PGR tuvieran la suficiente lógica para sustentar la presunción de que se cometieron los delitos.

En cuanto al tema de la forma en cómo se llevó el proceso abreviado, la magistrada consideró que fue correcto dado que el juez a cargo del caso (Marco Antonio Fuerte Tapia) explicó detenidamente al exgobernador de qué se trataba un proceso abreviado, y de los derechos a los que renunciaba si no llegaban a juicio.

Los audios originales de cómo se llevó a cabo la audiencia y cómo se realizó este procedimiento ya fueron publicados por Animal Político. En síntesis, el juez le pregunta a Duarte si accede a declararse culpable sin ir a juicio y dejando de lado la posibilidad de combatir con sus propias pruebas los señalamientos en su contra, lo que el exgobernador acepta.

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